El Complemento Carta Porte 3.1. entrará en vigor el 17 de julio
El pasado 17 de junio de 2024 se publicó en el Portal del SAT la versión específica 3.1. del Complemento Carta Porte, que pasará a ser obligatoria justo un mes después: el 17 de julio.
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El pasado 17 de junio de 2024 se publicó en el Portal del SAT la versión específica 3.1. del Complemento Carta Porte, que pasará a ser obligatoria justo un mes después: el 17 de julio.
El SAT, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, en la que se incluye una ampliación para que los transportistas implementen el requisito de la Carta porte hasta el 31 de julio de 2023.
El SAT amplía el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en el uso de la factura con complemento hasta el 31 de diciembre de 2022.
El Servicio de Administración Tributaria anunció en su sitio oficial la prórroga del uso obligatorio del complemento Carta Porte.
Hace unos días celebramos un webinar sobre el Complemento Carta Porte, la nueva obligación para las empresas mexicanas. El modo de implementación y funcionamiento suscitó varias dudas entre los obligados, por este motivo, en este post damos respuesta a las dudas más recurrentes: