Tras la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, la factura electrónica en España pasará a ser obligatoria para todas las empresas.
Una vez se apruebe la Orden Ministerial que desarrolla los requisitos técnicos, se espera que comience la masificación de la factura electrónica B2B en España, siguiendo el modelo de otros países europeos como Italia, Polonia o Rumanía.
No obstante, la factura electrónica no es algo nuevo que surja con la aprobación de esta Ley, pues en el ámbito B2G todos los proveedores de las administraciones públicas deben enviar y recibir facturas electrónicas.
Con la aprobación de la ley y la futura adopción de la factura electrónica en España, se pretende:
Mejorar el ecosistema empresarial.
Luchar contra la morosidad.
Agilizar la creación de nuevas empresas.
Conseguir más trazabilidad y mayor control del pago.
Proporcionar información fiable y ágil para conocer plazos de pago.
Reducir el uso de papel y ahorrar tiempo.
¿Qué aclaran las FAQs de la AEAT sobre la Solución Pública de Facturación Electrónica?
Las nuevas FAQs publicadas tras las sesiones de trabajo de la AEAT ayudan a entender mejor cómo se está aterrizando el modelo de factura electrónica B2B en España y, especialmente, el papel que tendrá la Solución Pública de Facturación Electrónica.
Entre los puntos más relevantes, destacan las dudas sobre la convivencia entre la solución pública y las plataformas privadas, la remisión de información a la AEAT, la gestión de los estados de la factura y la interoperabilidad entre sistemas.
Para las empresas, esto implica que la adaptación no debe entenderse solo como un cambio de formato. También será necesario revisar cómo se integran los sistemas internos, cómo se gestionan los flujos de emisión y recepción, cómo se comunican los estados de la factura y cómo se mantiene la trazabilidad durante todo el proceso.
En este contexto, contar con una plataforma preparada para interoperar con la solución pública y con otros operadores será clave para evitar fricciones operativas y asegurar una transición ordenada hacia el nuevo sistema.
El sistema español de factura electrónica estará compuesto por 2 actores principales:
Las empresas y profesionales estarán obligados a emitir y transmitir las facturas electrónicas a sus clientes empresarios y profesionales, y a recibirlas de sus proveedores a través de la solución pública o de las plataformas de intercambio.
Aquellos emisores que no utilicen la solución pública de factura electrónica en España estarán obligados a remitir una copia fiel de cada factura a la solución pública, en formato UBL.
Las empresas y profesionales que reciban sus facturas (total o parcial) a través de una plataforma de intercambio de facturas electrónicas privadas, deben hacer público su punto de entrada para comunicarse con otras empresas, profesionales y, en su defecto, en la web.
Si no se ha definido un público su punto de entrada, se entenderá que el punto es la solución pública de facturación electrónica.
Las empresas y profesionales que no elijan específicamente recibir sus facturas electrónicas a través de una plataforma privada de intercambio se considerarán automáticamente como usuarios del sistema público de facturación electrónica.
Los requisitos mínimos que debe cumplir una plataforma de intercambio de factura electrónica homologada en España son:
Dentro del sistema de facturación español, podemos destacar como novedad, la participación de un tercer agente, más allá de la relación de clientes – proveedores. En este sentido, la AEAT juega un rol importante.
Como hemos dicho, tras la publicación del Real Decreto se han desarrollado nuevos roles de la Agencia Tributaria con la Ley Crea y Crece atendiendo a las necesidades y envergadura del proyecto. Así, la agencia tributaria actuará como:
El pasado 5 de diciembre se publicó el Real Decreto 1007/2023, mediante el cual se establecían los requisitos que deben adoptar los softwares de facturación electrónica. Es decir, supone la homologación de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) antes del 1 de julio de 2025.
De acuerdo con lo establecido en el Proyecto de Real Decreto, los sistemas informáticos de facturación deben:
En SERES contamos con más de 30 años de experiencia en soluciones de facturación electrónica y presencia en más de 110 países, apoyando a las empresas en la adaptación a la normativa española, asegurando interoperabilidad con plataformas privadas y la Agencia Tributaria.
Además, nuestra plataforma te ayudará a reducir costes, agilizar procesos y garantizar la trazabilidad de todas las facturas B2B.