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La DGI amplía el plazo para la factura electrónica en Uruguay

Escrito por Gonzalo Tofiño | Mar 6, 2024 3:34:25 PM

Los gobiernos de los países latinoamericanos han implementado, de manera progresiva, regímenes de facturación obligatorios. La transición ha estado marcada por una constante evolución ejemplificada en la promulgación de leyes y regulaciones destinadas a fomentar la masificación de la factura electrónica.

Cada vez más países están optando por sistemas y softwares de facturación que se integran con otras soluciones de gestión empresarial. Como resultado, los regímenes de facturación electrónica han conseguido un compromiso creciente con la modernización y la digitalización de procesos.

La factura electrónica en Latinoamérica se ha convertido en una pieza esencial de la transformación digital porque ofrece más eficiencia y transparencia en las transacciones comerciales.

En el caso de Uruguay, las facturas electrónicas reciben el nombre de comprobante fiscales electrónicos y han sido clave para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, aumentar la competitividad e impulsar el desarrollo económico en la región.

El 1 de diciembre de 2023 se publicó la resolución DGI Nº 2548/023 que amplió el plazo para que los contribuyentes implementasen un sistema de factura electrónica en Uruguay.

Los siguientes contribuyentes que estarán obligados a obtener la condición de emisores de facturas electrónicas antes del 1 de enero de 2025:

  • Contribuyentes que presten exclusivamente servicios personales como autónomos.
  • Contribuyentes dados de alta a partir del 31 de julio de 2023 y dados de alta entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

Por otro lado, según la resolución 2389/023 el resto de las empresas debe haber adoptado la factura electrónica antes del 1 de mayo.

Evolución de la factura electrónica en Latinoamérica

La adopción de la factura electrónica ha experimentado un notable crecimiento en diversos países de América Latina. Chile, México y Brasil, considerados como pioneros de la facturación electrónica, han allanado el camino a Ecuador, Perú, Colombia, Panamá y Costa Rica en los últimos años.

Por ejemplo, en Ecuador la obligatoriedad se estableció en noviembre de 2022, mientras que en Perú la implementación tuvo lugar en enero de 2023.

Por otro lado, en Colombia la implementación de la nómina electrónica en 2021 supuso un gran avance, mientras que en Panamá desde julio de 2022 se exige la emisión de facturas electrónicas B2G.

Además, países como Bolivia, El Salvador, Honduras y República Dominicana están trabajando de manera intensa en implantar un régimen de factura electrónica.

¿Cuándo entró en vigor la factura electrónica en Uruguay?

La factura electrónica en Uruguay es impulsada por la Dirección General Impositiva (DGI), que es la autoridad encargada de recaudar y fiscalizar los impuestos internos del país.

Por este motivo, y gracias a la Resolución D.G.I. N.º 798/2012, la factura electrónica en Uruguay comenzó primero con los grandes contribuyentes y luego se expandió de manera gradual.

Por lo tanto, en el año 2012 se implementó el régimen de facturación electrónica en Uruguay. Ya en 2015, la Resolución D.G.I. N.º 3.012/2015 amplió la obligatoriedad buscando que, para 2019, el 90% de los contribuyentes operara electrónicamente.

Actualmente, unas 10,000 empresas han adoptado el sistema, intercambiando más de 2.000 millones de documentos electrónicos. Este avance refleja el éxito y la rápida adopción de la factura electrónica en Uruguay.

¿Cuál es el proceso para intercambiar facturas electrónicas en Uruguay?

El intercambio de facturas electrónicas en Uruguay se realiza a través del portal de la DGI y se realiza en tan solo 4 pasos:

  • Emisión y validación. Los contribuyentes solicitan el código de autorización de emisión de facturas, conocido como CAE (Certificados para la autorización de emisión). Luego, la DGI verifica la información proporcionada y genera facturas electrónicas (comprobantes fiscales electrónicos) aprobadas en formato XML, utilizando los datos ingresados desde la contabilidad y los sistemas ERP.
  • Firma digital y cumplimiento fiscal. Cada documento es dotado de firma electrónica avanzada. El contribuyente administra los distintos CAE (Constancia de Autorización de Emisión) para la numeración de sus facturas y su declaración ante la DGI.
  • Envío seguro. Una vez aprobada la factura electrónica se envía automáticamente al cliente, acompañada de una firma digital única. Aunque también existe la opción de enviarla en formato papel, en este caso, es necesario incluir un código QR que contenga los datos de aprobación de la factura.
  • Archivo electrónico. Finalmente, las facturas electrónicas son archivadas con total seguridad y accesibilidad, cumpliendo con un período legal de retención de 5 años tanto para el emisor como para el receptor.

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