Resumen 2020: ¿qué fue de la factura electrónica en América Latina?

La factura electrónica se ha convertido, en la última década, en un elemento esencial para la transformación digital de las empresas latinoamericanas y una herramienta cada vez más exigida por los gobiernos de la zona para mejorar el control tributario. Por ello, a lo largo del 2020 el impulso de los sistemas de facturación online y el uso de los comprobantes electrónicos en Latinoamérica ha seguido en auge y cada vez son más las empresas que dan el paso a esta modalidad a pesar de las dificultades impuestas por la pandemia de Covid-19.

Colombia

En Colombia, 2020 se ha convertido en el gran año de la factura electrónica. De hecho, en mayo de ese año la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución 0000042 y, con ella, no solo se implementaron algunos cambios en los requisitos para la emisión, transmisión y validación de facturas electrónicas, sino que también se estableció un calendario de obligados que marcó un antes y un después en la masificación del uso de la factura electrónica en el país.

La adopción obligatoria del sistema de facturación electrónica de Colombia se realizó entre junio y noviembre del 2020 y, según datos de la DIAN, cada día se incorporaban unas 2.500 empresas a este nuevo sistema de facturación y, a finales de diciembre de 2020, el número de facturadores electrónicos colombianos ascendía a 410.000 contribuyentes.

El número de contribuyentes que ya facturan electrónicamente en Colombia es bastante más elevado al que se había previsto inicialmente (350.000 contribuyentes), por lo que, de cara al nuevo año, el panorama de la factura electrónica de Colombia es bastante alentador. Dentro de esta nueva situación, en 2021 el porcentaje máximo permitido de facturación no electrónica será de tan solo el 20%, la cantidad de documentos considerados equivalentes a las facturas de venta se reducirán a 13 el próximo 30 de junio de 2021 y el nuevo registro de facturación electrónica como título valor (RADIAN) tendrá un papel bastante importante.

Ecuador

El Servicio de Rentas Internas (SRI) continuó en 2020 ampliando el número de obligados a facturar a través del sistema de facturación electrónica de Ecuador y, de hecho, gracias al Covid-19 el número de emisores electrónico se incrementó mucho más de lo normal.

De acuerdo con el calendario de obligados, dos grupos de contribuyentes se unieron al uso de la factura electrónica obligatoria el 1 de enero de 2020: las empresas que realizan actividades de comercialización de maquinaria pesada y equipamiento para carreteras y los individuos o entidades que realizan operaciones mayoristas y minoristas de gas licuado de petróleo.

Siguiendo el cronograma del SRI, en junio de 2021 se deberán incorporar al sistema de facturación electrónica las personas naturales y sociedades, no contempladas en los grupos anteriores, con transacciones con el Estado por montos iguales o superiores a USD. 1.000. De esta manera, la mayoría de los contribuyentes de Ecuador facturarán electrónicamente a mediados de año.

Bolivia

2020 comenzó en Bolivia siendo el año de la implementación y la masificación de la factura electrónica pero la situación económica derivada de la pandemia por Covid-19 provocó que el Servicio de Impuesto Nacionales de Bolivia (SIN) declarase la derogación del sistema de facturación electrónica a través de la Resolución de Consejo Nº 102000000011 publicada en el mes de mayo. Con esta publicación, la fecha de inicio del calendario de obligados a facturar electrónicamente en Bolivia se trasladó al 1 de junio de 2020. Asimismo, el grupo II de empresas obligadas comenzó a facturar electrónicamente el 1 de septiembre y el grupo III lo hizo el pasado 1 de diciembre de 2020.

A pesar del aplazamiento de la fecha de inicio, el resto de las fechas del calendario de obligados permanecieron intactas, por lo que se espera que en junio de 2021 se finalice la incorporación total y gradual de contribuyentes bolivianos al Sistema de Factura Electrónica del SIN.

Argentina

En Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retrasó de nuevo la entrada en vigor de la Resolución 4540/2019 que dictaba las nuevas condiciones para la emisión de notas de crédito y/o débito del 1 de mayo del 2010 al 1 de julio de 2020. Esto quedó establecido a través de la Resolución 4701/2020.

Para 2021, se espera que Argentina continúe con su implementación de la obligatoriedad de emisión de la factura electrónica y las notas de crédito y/o débito de forma masiva.

Guatemala

Guatemala comenzó el año 2020 introduciendo algunos cambios en su sistema de Facturación Electrónica en Línea (FEL) en lo relativo a las reglas y certificaciones del sistema a través de una publicación en marzo de 2020. Unos meses después, en el mes de julio, la Superintendencia de Impuestos Internos (SAT) volvió a actualizar el sistema e introdujo cambios en las reglas, validaciones y formatos de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) que se convirtieron en obligatorios el pasado 1 de septiembre de 2020.

Ese mismo mes, en julio de 2020, la SAT también publicaba  la Resolución SAT-DSI-640-2020 para ampliar el número de contribuyentes que deberían incorporarse obligatoriamente al esquema FEL a partir del 1 de enero de 2021. Dicha resolución incluía como facturadores electrónicos a los contribuyentes que brindasen servicios técnicos a las dependencias estatales, entidades descentralizadas y autónomas y demás entidades que integren el Sector Público, y los contribuyentes que ya utilizasen el esquema FACE de facturación electrónica.

Finalmente, en noviembre de 2020 la SAT volvió a ampliar el número de contribuyentes obligados a facturar con el sistema FEL incorporando a los proveedores públicos de bienes o servicios caracterizados como compras directas o de bajo valor a partir del próximo 1 de abril de 2021. Esto quedó detallado en el Acuerdo de Directorio Número 15-2020

El objetivo que persigue Guatemala con todos estos cambios es la desaparición completa del modelo FACE de 2011 y el uso definitivo del esquema FEL de factura electrónica a partir del 1 de julio de 2021.

Perú

A lo largo del 2020 la Superintendencia Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SUNAT) ha seguido impulsando la masificación de la factura electrónica en Perú a través de la obligatoriedad de contratación de un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para unos 14.000 contribuyentes conocidos como PRICOS (empresas cuyos ingresos anuales en 2017 fuesen iguales o superiores a 300 UIT). Según su calendario, estas empresas tuvieron como plazo máximo hasta el 7 de agosto para contratar un OSE.

Asimismo, la inestabilidad económica provocada por el Covid-19 hizo que en mayo de 2020 la SUNAT publicara la Resolución 098-2020/SUNAT con el fin de aplazar la obligatoriedad de facturación electrónica para varios grupos de contribuyentes. Así, quedó dispuesto que todas las empresas que en 2019 hubiesen tenido unas ventas mayores o iguales a 75 UIT y las empresas con ventas mayores o iguales a 23 UIT y menores a 75 UIT debían comenzar a facturar electrónicamente el 1 de enero de 2021 y las empresas con ingresos menores a 23 UIT tendrán la obligación de usar factura electrónica a partir del próximo 1 de julio de 2021.

Un mes después, en junio de 2020, se publicó la Resolución Nº105-2020/SUNAT para retrasar la obligatoriedad para los Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE) de contar con la certificación ISA/IEC-27001 y la fecha de inicio de uso del OSE y/o SOL de julio de 2020 a enero de 2021 para los emisores electrónicos que al 31 de diciembre de 2019 tenían la calificación de contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima o principales contribuyentes de las intendencias regionales u oficinas zonales y cuyos ingresos anuales en el año 2018 fuesen iguales o mayores a 300 UIT.

Por otro lado, en noviembre de 2020 se publicó la Resolución Nº 000193-2020/SUNAT en la que se introducían varios cambios en la emisión de recibos de pago electrónicos, facturas electrónicas y notas de crédito electrónicas. Así, desde el próximo 1 de abril de 2021 será obligatorio que los emisores de comprobantes electrónicos especifiquen la forma de pago (efectivo o crédito), con el fin de acortar los plazos de verificación y validación de los mismos por parte de la SUNAT o los OSE.

Por último, en diciembre de 2020 la pandemia volvió a provocar que la SUNAT concediera un nuevo aplazamiento para los obligados a facturar electrónicamente. De esta manera, la publicación de la Resolución Nº 00221-2020/SUNAT estableció que todos aquellos contribuyentes con ingresos anuales mayores o iguales a 75 UIT debían comenzar a facturar electrónicamente el pasado 1 de enero de 2021, los contribuyentes con ingresos mayores o iguales a 23 UIT el próximo 1 de septiembre de 2021 y los contribuyentes con ingresos menores a 23 UIT el 1 de enero de 2022.

El objetivo de la SUNAT para 2021 es que el 95% de las entidades peruanas utilicen comprobantes de pago electrónicos.

Uruguay

Uruguay ha terminado el 2020 con la implementación masiva y gradual de la factura electrónica o Comprobante Fiscal Electrónico (CFE) que comenzó en 2016. El pasado 1 de diciembre, de acuerdo a la Resolución nº 987/2020, se incorporaron al sistema de facturación electrónica los sujetos pasivos de impuestos administrados por las Dirección General Impositiva (DGI) que hubiese facturado más de 305.000 UI en 2019.

Así, en 2021 se espera que las empresas uruguayas disfruten de los grandes beneficios que ofrece el uso de la factura electrónica y que la DGI continúe impulsando la transformación digital del resto de comprobantes, impuestos y documentos empresariales.

Brasil

La Secretaría de Estado de Finanzas de Brasil (SEFAZ) comenzó el 2020 anunciando varios cambios importantes en el sistema de facturación electrónica del país. Entre estos cambios se incluía la introducción de nuevos tipos de documentos fiscales electrónicos, varios ajustes a los requisitos de entrega de los documentos electrónicos y nuevas funcionalidades para la plataforma de facturación electrónica del SEFAZ, como la notificación de los errores cometidos en la emisión de las facturas electrónicas.

Así, en agosto de 2020 se implementaron 2 nuevos tipos de albaranes electrónicos: el CT-e canhoto electrónico (emitido por el proveedor logístico para certificar la entrega de mercancía) y el Canhoto electrónico NF-e: (emitido por empresas con operaciones logísticas propias para certificar entrega de mercadería).

Un mes más tarde, en septiembre de 2020, entró en vigor de manera voluntaria la Guía de Transporte de Valores Electrónica (GTV-e), la cual se debe utilizar como prueba de transporte de artículos de valor. Las autoridades brasileñas están considerando la implementación obligatoria del GTV-e a partir de septiembre de 2022.

Para 2021 se espera que Brasil introduzca de forma obligatoria, y a partir del 1 de marzo de 2021, la Nota Fiscal de Energía Electrónica (NF3-e) con la finalidad de sustituir al actual sistema de facturación eléctrica en el sector energético y hacer que el archivo magnético mensual con todas las facturas de cada mes se realice de forma electrónica. Asimismo, otros cambios que la SEFAZ tiene previstos para el nuevo año es la Nota Fiscal de Comunicaciones y el Registro Centralizado de Contribuyentes (CCC) para la validación de las facturas electrónicas y la centralización de la información.

Chile

El año 2019 terminó en Chile con una reforma de la Ley del IVA que establecía la obligatoriedad de la emisión de las boletas, tickets o facturas en formato electrónicos para las transacciones B2C. Esta obligación, estaba prevista para septiembre de 2020 pero la publicación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) en febrero de 2020 de la Ley de Modernización Tributaria 21.210 provocó el retrasó de la misma hasta el 1 de enero de 2021.

Asimismo, esta misma ley dicta que los contribuyentes que no fuesen facturadores electrónicos deberán expedir sus boletas o facturas de forma electrónica a partir del próximo 1 de marzo de 2021, por lo que se espera que en el primer trimestre del nuevo año se culmine la masificación de la factura electrónica B2C en Chile.

Panamá

El sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) comenzó el 2020 coexistiendo de forma voluntaria con el sistema de Dispositivos Fiscales a través de máquinas fiscales electrónicas conectadas a sus sistemas POS pero, a finales de enero, la Dirección General de Ingresos (DGI) publicó el Decreto Ejecutivo No. 115 para establecer que todos los contribuyentes excluidos del Sistema de Dispositivos Fiscales POS debían comenzar a emitir facturas electrónicas a partir del 1 de agosto de ese mismo año.

Con este gran impulso a la factura electrónica en Panamá, para 2021 se espera que la DGI continúe seleccionando grupos de contribuyentes que deban comenzar a facturar a través del SFEP y que establezca un calendario de masificación de la factura electrónica.

El Salvador

El Salvador comenzó el año despejando el camino hacia el uso de facturas electrónicas como parte de su plan de Secretaría de Innovación del gobierno salvadoreño 2020-2030: Agenda Digital. En este sentido, el Ministerio de Finanzas inició un proyecto piloto para la implementación del nuevo sistema de facturación electrónica con 50 grandes empresas de diversos sectores en junio de 2020.

El plan de El Salvador para el 2021 es comenzar la masificación de la factura electrónica mediante la incorporación gradual de las pequeñas y medianas empresas a este sistema.

Paraguay

A pesar de que en mayo de 2020 estaba previsto que se iniciase la obligatoriedad de la factura electrónica en Paraguay y que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) estableciera su calendario de contribuyentes obligados, el Covid-19 ha provocado que a lo largo de todo el 2020 se haya continuado con la etapa de adhesión voluntaria al Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN) en Paraguay y que la SET haya ampliado el número de facturadores electrónicos a través de la publicación de varias resoluciones generales.

Para 2021 se espera que la SET retome su planificación de masificación de la factura electrónica y que se inicie la etapa de obligatoriedad.

República Dominicana

Tras la culminación del proyecto piloto de facturación electrónica en 2019, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) publicó el Reglamento General 01-2020 para establecer el despliegue de la factura electrónica en el país y el inicio de la etapa de voluntariedad de adhesión al proyecto desde enero de 2020.

Con el inicio del nuevo año se espera que la DGI siga con el proceso de masificación de la factura electrónica y otros documentos fiscales electrónicos y publique un calendario por etapas y grupos de contribuyentes obligados.

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