Evolución de la factura electrónica en Guatemala: de FACE a FEL
Actualizado: 23 septiembre 2025
La facturación electrónica en Guatemala evolucionó del sistema FACE, creado en 2007 a través del Acuerdo de Directorio Número 024-2007, al régimen FEL (Factura Electrónica en Línea), oficializado en 2018.
El modelo de Factura Electrónica en Línea simplifica procesos al eliminar duplicidades, exigir la firma electrónica y centralizar el almacenamiento en la SAT, garantizando mayor control fiscal y modernización tributaria.
Con el fin de hacer la factura electrónica en Guatemala más eficaz, el gobierno decidió transformar el esquema FACE en el esquema FEL (Factura Electrónica en Línea), que actualiza los servicios de FACE.
El impulso de la factura electrónica en Guatemala
Guatemala evoluciona y cambia las reglas para obtener todos los beneficios de la factura electrónica. A partir de 2019, el régimen FEL se impulsará paulatinamente mediante la designación de grupos de empresas que comiencen progresivamente a instaurar esta nueva estructura.
Según los artículos 11 y 12 del Acuerdo de Directorio 13-2018 de la SAT, existen dos vías para incorporarse al régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL). Una de ellas es la designación administrativa, que inicialmente recayó sobre los contribuyentes especiales: empresas que utilizan factura electrónica y cuentan con entre uno y cinco establecimientos. En esta etapa se incluyeron 373 compañías, obligadas a migrar a FEL con un plazo de seis meses para su adaptación.
El esquema FACE se podrá continuar usando hasta que los contribuyentes realicen la migración al nuevo esquema FEL. El SAT, que no ha establecido plazos para que la migración se haga efectiva, recomienda la adhesión al nuevo sistema. De este modo, todos aquellos contribuyentes que deseen adherirse a FEL podrán hacerlo de forma voluntaria con los mismos criterios que los obligados.
El objetivo del SAT es que el uso del FEL se generalice entre todos los contribuyentes a principios de 2019, ya que, presenta grandes ventajas con respecto al FACE. La Autoridad Tributaria prevé que será una transición fácil y serán muchos los contribuyentes que opten por hacerlo de forma voluntaria.
La e-factura será almacenada por la SAT, esta acción, sin embargo, no elimina la obligación de conservación del archivo XML por parte de los emisores y receptores durante el plazo que establece la normativa vigente.
¿Qué es un Documento Tributario Electrónico?
En Guatemala, un Documento Tributario Electrónico (DTE) es la representación digital de los comprobantes fiscales regulados por la SAT dentro del régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
Cada documento tributario electrónico cuenta con firma electrónica avanzada, certificación por un proveedor autorizado y validación en los sistemas de la SAT. Entre los principales tipos de DTE se incluyen:
- Facturas.
- Notas de crédito.
- Notas de débito.
- Recibos.
Todos con la misma validez legal que sus equivalentes en papel.
Proceso de emisión de un DTE en Guatemala
La emisión de un Documento Tributario Electrónico (DTE) en Guatemala sigue un flujo definido por la SAT dentro del régimen FEL.
Este proceso garantiza la validez fiscal de cada comprobante e incluye etapas clave: generación del documento, firma electrónica, certificación por un proveedor autorizado y validación en los sistemas de la administración tributaria.
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Diferencias entre el esquema FACE y el régimen FEL
El paso de FACE a FEL supuso un cambio de plataforma tecnológica y una transformación operativa y normativa en la facturación electrónica Guatemala.
Mientras que FACE requería el envío duplicado de documentos y contaba con limitaciones técnicas, el régimen FEL introduce mayor control fiscal al centralizar la validación en la SAT (Superintendencia de la Administración Tributaria), exigir firma electrónica y simplificar la gestión para emisores y receptores.
En el acuerdo de Directorio Nº13-2018 del 2 de mayo de 2018 el Gobierno recoge el cambio de FACE a FEL. Los elementos más destacables que los diferencian son:
- Eliminación de la obligación de enviar a GFACE la factura electrónica suprimiendo la duplicidad de la documentación.
- Obligación en el uso de la firma electrónica. Es necesario implementar la herramienta en el intercambio de la factura electrónica.
| FACE | FEL (Factura Electrónica en Línea) |
| Contar con acceso a BancaSAT y esperar un mes para iniciar con la emisión. | Contar con acceso a la Agencia Virtual y pueden iniciar con la emisión de inmediato. |
| Los emisores solo pueden optar a un solo certificador. | Emisores pueden optar por uno o más certificadores de acuerdo a su conveniencia. |
| El contribuyente solicita autorización de rangos para poder emitir documentos tributarios. | La autorización se da de forma automática al momento de emitir cada documento. |
| Permite el resguardo electrónico de facturas emitidas en papel, la cual carece de validaciones. | Solo existe la factura electrónica en línea. |
| Los documentos tributarios electrónicos llevan únicamente código de seguridad. | Los documentos tributarios electrónicos cuentan con firma electrónica del emisor y certificador. |
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