Entre los principales cambios destaca los realizados en el libro de facturas expedidas, donde se deberá identificar mediante una marca aquellas facturas que hayan sido expedidas por un colaborador social de la AEAT para el suministro electrónico de registros de facturación en representación de terceros. Las operaciones afectadas por el régimen especial en criterio de caja del IVA también deberán ser identificadas por una nueva clave de medio de cobro o pago.
Por último, se han aclarado las dudas existentes sobre cómo deberá remitirse la información correspondiente al primer semestre del 2017, previo a la entrada en vigor del SII. En el comunicado se especifica que aquellos sujetos pasivos que queden obligados al SII durante este año, deben remitir los registros de facturación correspondientes al periodo de tiempo del ejercicio anterior a su inclusión. En consecuencia, la clave "primer semestre" pasa a denominarse “primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII”.
En definitiva, y como veníamos anunciado durante el último año, la Agencia Tributaria tiene como objetivo convertir el Suministro Inmediato de Información (SII) en un ejemplo de información veraz y transparente. Y eso pasa por ir exigiendo constantemente un mayor número de información a los contribuyentes. Nos esperan meses de muchos cambios.
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