Las empresas españolas en Colombia deberán emitir nómina electrónica
Tras el éxito en la masificación de la factura electrónica en Colombia, la DIAN ha decidido seguir potenciando la transformación digital de las empresas del país a través del uso obligatorio de la nómina en formato electrónico. De esta manera, la DIAN ha dado a conocer un Proyecto de Resolución por el cual pretende implementar y desarrollar, en el propio sistema de facturación electrónica que ya está en funcionamiento, una nueva funcionalidad para la generación de la nómina electrónica.
¿Quiénes estarán obligados a emitir nómina electrónica?
De acuerdo a lo establecido en el Proyecto de Resolución de la DIAN, los sujetos que estarán obligados a generar, transmitir y validar las correspondientes nóminas de sus empleados de manera electrónica y a través del nuevo sistema desarrollado por la DIAN serán todas aquellas empresas y contribuyentes que efectúan pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral, legal o reglamentaria y pagos a pensionados, que en todo caso requieran usar dichos pagos como costo o deducción. Es decir, tanto las empresas colombianas como las multinacionales con sede o trabajadores en el país deberán adaptarse a la nueva situación.
Asimismo, con la publicación de esta Resolución, la DIAN también establecerá un calendario de implementación del nuevo sistema de nómina electrónica con varios plazos para el cumplimento periódico y la generación y transmisión de las nóminas de forma electrónica. Dicho calendario, estará dividido, principalmente, según el número de empleados de las empresas obligadas y las fechas de incorporación previstas serán las siguientes:
- Para las empresas con más de 250 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 30 de abril de 2021.
- Para las empresas de 11 a 250 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 31 de mayo de 2021.
- Para las empresas de 4 a 10 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 30 de junio de 2021.
- Para las empresas con hasta 3 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 31 de julio de 2021.
- Para las entidades del estado del orden nacional o territorial: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 30 de junio de 2021.
- Para los sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta: la fecha de habilitación es el 31 de enero de 2022 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 31 de marzo de 2022.
- Para los nuevos sujetos que deban generar el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste: cuentan con un plazo de 2 meses, contados a partir de la realización de los pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral legal o reglamentaria con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución, para el inicio del procedimiento de habilitación para la transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste al citado documento y la fecha máxima para iniciar la citada transmisión.
¿Cómo funcionará el nuevo sistema de nómina electrónica?
Según se plantea en el Proyecto de Resolución, las empresas obligadas a emitir nóminas electrónicas deberán generar los documentos de nómina electrónicos de forma mensual y transmitirlos a la DIAN en un plazo de 10 días en el mes siguiente correspondiente. Una vez sea transmitida, la DIAN validará la información de la nómina y generará un documento electrónico con su validación o rechazo. En el caso de que la validación haya sido satisfactoria, la nueva nómina validada y firmada por la DIAN será enviada a la entidad o empresa obligada que la generó para su conservación y fines pertinentes. Pero, en el caso de que la DIAN haya rechazado la validación de la nómina, la empresa que la generó recibirá una notificación electrónica con los errores cometidos y deberá volver a generar una nueva nómina electrónica con las modificaciones; la cual tendrá que volver a ser transmitida para su validación por la DIAN.
Adhesión voluntaria
Por otra parte, el Proyecto de Resolución también plantea la posibilidad de que todas aquellas entidades que, de manera voluntaria, decidan implementar la nómina electrónica antes de su obligación puedan hacerlo siempre y cuando cumplan con todas las disposiciones establecidas por la DIAN para regular este nuevo sistema.
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La mejor opción para implementar la nómina electrónica en una compañía y, de este modo, evitar el incumplimiento de la normativa, es contratar un proveedor de facturación electrónica acreditado por la DIAN y que además le ofrezca un servicio multipaís. SERES cuenta con más de 30 años de experiencia en el sector y ha colaborado con la DIAN desde la puesta en marcha del proyecto de masificación de la factura electrónica de Colombia.
Nuestra misión es asesorar y acompañar de manera personalizada a nuestros clientes para que la transformación digital de su empresa se realice de manera exitosa. La solución de factura electrónica y nómina digital de SERES es global, por lo tanto, se adapta a la casuística concreta de cada cliente.