La factura electrónica B2B en Grecia ya es una realidad. Comenzará el 2 de febrero de 2026 como parte de la iniciativa conjunta del Ministerio de economía y la IAPR.
La obligatoriedad de la factura electrónica se aplicará a las ventas de bienes y servicios realizados entre empresas griegas y con empresas fuera de la UE, mientras que para las ventas dentro de la UE seguirá siendo opcional.
La implementación tendrá lugar en dos fases:
El formato de las facturas electrónicas utilizadas en los intercambios entre todas las partes se basa en la norma europea EN 16931, que establece los requisitos técnicos para la facturación electrónica B2G.
El Centro de Interoperabilidad, dependiente de la Secretaría General de Sistemas de Información para la Administración Pública (GSIS PA), ha implementado y puesto en funcionamiento un Punto de Acceso Peppol (AP).
A través de este punto se reciben las facturas electrónicas procedentes del Estado y se transmiten las respuestas correspondientes.
Una vez recibidas, las facturas electrónicas son sometidas a una verificación semántica preliminar por parte del Punto de Acceso (AP). Tras superar esta validación, son enviadas al Centro de Interoperabilidad, donde se almacenan y canalizan hacia los sistemas de información de los diferentes organismos públicos destinatarios.
Además, el Centro de Interoperabilidad gestiona el proceso de respuesta de las entidades de contratación pública, que incluye la aceptación, el pago o el rechazo de las facturas electrónicas.
Estas comunicaciones se realizan mediante el protocolo SOAP, garantizando la interoperabilidad y la trazabilidad de los mensajes.
Por último, el sistema informático horizontal está integrado con el Centro de Interoperabilidad y recibe las facturas electrónicas para su posterior procesamiento, hasta llegar a su pago o rechazo definitivo.
¿Qué es la plataforma myDATA?
Dentro del sistema de facturación electrónica en Grecia, encontramos la plataforma myDATA, que tiene la función de recibir los resúmenes de todas las facturas electrónicas vinculadas a las transacciones B2G y B2B.
Gracias a esta plataforma, las autoridades pueden procesar los datos y generar informes financieros de manera individual para cada contribuyente. El esquema de funcionamiento de la factura electrónica y su desarrollo cumplirá con todos los requisitos establecidos en la normativa europea.
La plataforma myDATA continúa evolucionando para optimizar los procesos de facturación electrónica y la comunicación con la Agencia Tributaria griega. Las últimas actualizaciones incorporan mejoras en la interoperabilidad, la trazabilidad de los datos y la automatización de los registros contables.
La Autoridad Independiente de Ingresos Públicos de Grecia (IAPR) habilitó, durante el mes de junio de 2025, la versión 1.0.11 de MyDATA y los albaranes digitales en su entorno de pruebas. Esta actualización incorpora mejoras clave orientadas a optimizar la gestión y transmisión de documentos fiscales:
Los principales cambios introducidos se centran en diversos aspectos operativos y técnicos de la plataforma. Entre ellos destacan:
Esta serie de actualizaciones fueron las primeras que se incluyeron en la plataforma. Además, en el documento se podía intuir los planes de la introducción de la facturación electrónica en Grecia a partir de 2025.
Transmisión en tiempo real de datos a través de la API de los sistemas ERP, obligatoria para los contribuyentes que utilicen este canal. Los usuarios que informen manualmente no se verán afectados. Además, se incorpora el uso de códigos QR en los comprobantes fiscales para reforzar la autenticidad y trazabilidad de las transacciones.
Verificación de documentación fiscal recibida, exigiendo que los clientes regularicen cualquier discrepancia con las facturas emitidas por los proveedores antes de la próxima declaración de IVA.
Extensión hasta 2024 de los incentivos fiscales para las empresas que adopten la facturación electrónica a través de proveedores certificados.
El Ministerio de Finanzas y la autoridad fiscal de Grecia (AADE) también ampliaron en 2024 los incentivos fiscales para los contribuyentes que adopten la presentación de facturas electrónicas a través de proveedores certificados de facturación electrónica.
A finales de año estaba previsto el lanzamiento del sistema de notificación de entregas electrónicas en Grecia según el artículo 5 de la Ley 4308/2014, que viene más detallado en la IAPR A.1122/2024 y en la IAPR A.1123/2024.
No obstante, desde la IAPR (Independent Authority for Public Revenue) se ha aplazado la implantación de dicho sistema en 2 ocasiones. La última se ha oficializado el 1 de abril de 2025.
El objetivo es extender el plazo de implementación de los sistemas digitales de seguimiento y emisión de documentos de transporte de bienes, con el fin de optimizar la recopilación de datos y mejorar la fiscalidad.
La puesta en marcha del sistema de notificación de entregas electrónicas estaba prevista que se realizase en dos fases:
La Autoridad Independiente de Ingresos Públicos de Grecia (AADE) anunció el aplazamiento de la fase B de la implementación del sistema de notas de entregas electrónicas. El nuevo calendario de aplicación será el siguiente:
Asimismo, la AADE amplió las exenciones a la obligación de emitir notas de entrega digitales, incorporando a sectores específicos, como los de repuestos para mantenimiento de redes, minerales industriales y productos fabricados por la industria de ladrillos y baldosas cerámicas.
Por otra parte, las empresas minoristas que utilicen servicios postales o de mensajería podrán cumplir con la obligación de emisión digital adhiriendo visiblemente el comprobante de venta (ticket o recibo) al paquete despachado.
La Comisión Europea ha concedido un permiso al gobierno heleno para imponer la facturación electrónica B2B. Dentro de esta propuesta se incluye un calendario de facturación electrónica que comenzaría el 1 de julio de 2025 y se podría alargar hasta el 30 de septiembre de 2027.
Ya el pasado 2 de julio de 2024, Grecia solicitó la excepción de los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE para aplicar la obligación de facturación electrónica B2B entre los contribuyentes establecidos en el país.
El Ministerio de Finanzas presentó al Parlamento un proyecto de ley que establece:
El Ministerio de finanzas y la AADE anunciaron un nuevo aplazamiento de la factura electrónica B2G en Grecia. Prevista para el 1 de junio de 2025, se ha prorrogado para el 1 de septiembre de 2025 con el objetivo de que las plataformas de la AADE y la GSIS estén más preparadas.
La obligación se aplicará a la mayoría de las facturas B2G por gastos no relacionados con la contratación pública, como los servicios públicos y los alquileres.
La implementación obligatoria de la plataforma de facturación electrónica myDATA, originalmente prevista para enero de 2025 y luego reprogramada para julio, ha sido nuevamente aplazada.
El pasado 12 de abril de 2023 se publicó la resolución N° 52445 EX 2023 que establece la obligatoriedad de uso de la factura electrónica B2G en Grecia. La implementación se está realizando de manera gradual y comenzó en septiembre de 2023, siguiendo el siguiente calendario:
Por otro lado, para los siguientes contratos no es obligatorio el uso de la factura electrónica:
En 2017, Grecia estableció que a finales de año se instauraría el “Interoperable eInvoicing in Greece (GRinv) programme”. Este programa tenía por objetivo establecer el modelo de 4 esquinas de PEPPOL para implementar la factura electrónica B2G.
En el contexto de este proyecto, nació ESIDIS - Promitheus.gov.gr, el sistema nacional de e-procurement a través del cual los proveedores de las instituciones públicas comenzaron a intercambiar sus facturas electrónicas.
Para continuar con su transformación digital, desde el gobierno se empezó a trabajar en el desarrollo de GAOS, una plataforma electrónica que permite la aprobación, procesamiento y pago de facturas electrónicas.
El Gobierno heleno decretó el 29 de octubre de 2018 un proyecto de ley para posponer la Directiva 2014/55/UE, que finalmente tuvo lugar durante el primer trimestre de 2019 a través de la Ley 4601/2019.
La resolución Nº. 1017/14.02.2020 (Edición B, folio 457) definió el formato específico de la factura electrónica B2B, compatible con los estándares europeos de facturación y PEPPOL. Además, esta decisión incorpora el CIUS para B2G.
Por otro lado, la resolución ministerial N° A.1035/18.02.2020 (Número B, folio 551) estableció las normas y regulaciones para proveedores de factura electrónica.