La Comisión Europea ha concedido un permiso al gobierno heleno para imponer la facturación electrónica B2B. Dentro de esta propuesta se incluye un calendario de facturación electrónica que comenzaría el 1 de julio de 2025 y se podría alargar hasta el 30 de septiembre de 2027.
Ya el pasado 2 de julio de 2024, Grecia solicitó la excepción de los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE para aplicar la obligación de facturación electrónica B2B entre los contribuyentes establecidos en el país.
El formato de las facturas electrónicas utilizadas en los intercambios entre todas las partes se basa en la norma EN.
El Centro de Interoperabilidad perteneciente a la Secretaría General de Sistemas de Información para la Administración Pública (GSIS PA) ha implementado y establecido un Punto de Acceso Peppol (AP). A través de este punto se reciben las facturas electrónicas provenientes del Estado griego y de transmitir las respuestas correspondientes.
Una vez las facturas electrónicas han sido sometidas a una verificación semántica preliminar por el AP, se envían al Centro de Interoperabilidad donde se guardan y canalizan hacia los sistemas de información correspondientes en los diferentes organismos públicos.
Adicionalmente, el Centro de Interoperabilidad administra el proceso de respuesta por parte de las entidades de contratación pública. Dentro de este proceso se encuentra la aceptación, pago o rechazo de las facturas electrónicas mediante el uso de SOAP.
Asimismo, el sistema informático horizontal, gestionado por el Ministerio de Desarrollo e Inversiones de Grecia, es capaz de recibir facturas electrónicas desde el centro de interoperabilidad y procesarlas hasta su pago o rechazo.
Dentro del sistema de facturación electrónica en Grecia, encontramos la plataforma myDATA, que tiene la función de recibir los resúmenes de todas las facturas electrónicas vinculadas a las transacciones B2G y B2B. A través de esta plataforma, las autoridades griegas tienen la capacidad de procesar todos los datos y generar informes financieros individuales para cada contribuyente en Grecia.
El esquema de funcionamiento de la factura electrónica y su desarrollo cumplirá con todos los requisitos establecidos en la normativa europea y, actualmente, se encuentra en diseño.
La AADE de Grecia publicó a finales de 2024 la nueva versión (1.0.10) que actualiza las especificaciones técnicas de MyDATA.
Los principales cambios están relacionados con la presentación de documento de combustible a través de ERP; eliminación del requisito de controles de venta al por mayor para que el destinatario sea una empresa activa; transmisión por ERP y el canal del proveedor de la factura 9.3; nuevo método de recuperación de información para registros E3 ya sea por factura o por día; y en el caso de una transacción con el campo “transmissionFailure”, también se permite un dispatchDate pasado.
A finales de año estaba previsto el lanzamiento del sistema de notificación de entregas electrónicas en Grecia según el artículo 5 de la Ley 4308/2014, que viene más detallado en la IAPR A.1122/2024 y en la IAPR A.1123/2024.
No obstante, desde la IAPR (Independent Authority for Public Revenue) se ha aplazado la implantación de dicho sistema.
El objetivo es extender el plazo de implementación de los sistemas digitales de seguimiento y emisión de documentos de transporte de bienes, con el fin de optimizar la recopilación de datos y mejorar la fiscalidad.
La puesta en marcha del sistema de notificación de entregas electrónicas se realizará en dos fases, cada una de las cuales exigirá a los usuarios completar distintos campos:
La publicación de la Ley 5073/2023 «Medidas de lucha contra la evasión fiscal» el 11 de diciembre de 2023 introdujo importantes disposiciones para reforzar el cumplimiento de las obligaciones fiscales dentro del país.
Según el contenido de esta ley, la plataforma myDATA cuenta con actualizaciones y novedades desde el 1 de enero de 2024 y potencialmente, a partir de 2025, establece la facturación electrónica obligatoria en Grecia.
Entre las novedades, podemos encontrar:
El Ministerio de Finanzas y la autoridad fiscal de Grecia (AADE) también ampliarán hasta 2024 los incentivos fiscales para los contribuyentes que adopten la presentación de facturas electrónicas a través de proveedores certificados de facturación electrónica.
El pasado 12 de abril de 2023 se publicó la resolución N° 52445 EX 2023 que establece la obligatoriedad de uso de la factura electrónica B2G en Grecia. La implementación se está realizando de manera gradual y comenzó en septiembre de 2023, siguiendo el siguiente calendario:
Por otro lado, para los siguientes contratos no es obligatorio el uso de la factura electrónica:
En 2017, Grecia estableció que a finales de año se instauraría el “Interoperable eInvoicing in Greece (GRinv) programme”. Este programa tenía por objetivo establecer el modelo de 4 esquinas de PEPPOL para logar una implementación total de la factura electrónica B2G.
En el contexto de este proyecto, nació ESIDIS - Promitheus.gov.gr, el sistema nacional de e-procurement a través del cual los proveedores de las instituciones públicas comenzaron a intercambiar sus facturas electrónicas.
Tras crear la arquitectura idónea para el desarrollo de la factura electrónica en Grecia, el gobierno decidió institucionalizar su uso como una herramienta voluntaria en los diferentes ámbitos: B2G, B2B y B2C.
Para continuar con su transformación digital, desde el gobierno se empezó a trabajar en el desarrollo de GAOS, una plataforma electrónica que permite la aprobación, procesamiento y pago de facturas electrónicas.
El Gobierno heleno decretó el 29 de octubre de 2018 un proyecto de ley para posponer la Directiva 2014/55/UE, que finalmente tuvo lugar durante el primer trimestre de 2019 a través de la Ley 4601/2019.
Por otro lado, fue necesaria la publicación de dos decisiones ministeriales conjuntas (JMD) como complemento normativo.
La resolución ministerial Nº. 1017/14.02.2020 (Edición B, folio 457) definió el formato específico de la factura electrónica B2B que además fue, desde el primer momento, compatible con los estándares europeos de facturación y PEPPOL. Además, esta decisión incorpora el CIUS para B2G.
Por otro lado, la resolución ministerial N° A.1035/18.02.2020 (Número B, folio 551) del Ministerio de Hacienda, establece las normas y regulaciones concernientes a los Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica.
Por otro lado, la facturación electrónica B2B en Grecia está permitida pero no es obligatoria. Por lo tanto, es totalmente voluntaria y solo se requiere el consentimiento del comprador.