Grecia actualiza el sistema de facturación electrónica MyDATA
La AADE de Grecia ha publicado la nueva versión (1.0.10) que actualiza las especificaciones técnicas de MyDATA.
Los principales cambios están relacionados con la presentación de documento de combustible a través de ERP; eliminación del requisito de controles de venta al por mayor para que el destinatario sea una empresa activa; transmisión por ERP y el canal del proveedor de la factura 9.3; nuevo método de recuperación de información para registros E3 ya sea por factura o por día; y en el caso de una transacción con el campo “transmissionFailure”, también se permite un dispatchDate pasado.
Sistema de facturación electrónica en Grecia y la plataforma myDATA
El formato de las facturas electrónicas utilizadas en los intercambios entre todas las partes se basa en la norma EN.
El Centro de Interoperabilidad perteneciente a la Secretaría General de Sistemas de Información para la Administración Pública (GSIS PA) ha implementado y establecido un Punto de Acceso Peppol (AP). A través de este punto se reciben las facturas electrónicas provenientes del Estado griego y de transmitir las respuestas correspondientes.
Una vez las facturas electrónicas han sido sometidas a una verificación semántica preliminar por el AP, se envían al Centro de Interoperabilidad donde se guardan y canalizan hacia los sistemas de información correspondientes en los diferentes organismos públicos.
Adicionalmente, el Centro de Interoperabilidad administra el proceso de respuesta por parte de las entidades de contratación pública. Dentro de este proceso se encuentra la aceptación, pago o rechazo de las facturas electrónicas mediante el uso de SOAP.
Asimismo, el sistema informático horizontal, gestionado por el Ministerio de Desarrollo e Inversiones de Grecia, es capaz de recibir facturas electrónicas desde el centro de interoperabilidad y procesarlas hasta su pago o rechazo.
Dentro del sistema de facturación electrónica en Grecia, encontramos la plataforma myDATA, que tiene la función de recibir los resúmenes de todas las facturas electrónicas vinculadas a las transacciones B2G y B2B. A través de esta plataforma, las autoridades griegas tienen la capacidad de procesar todos los datos y generar informes financieros individuales para cada contribuyente en Grecia.
El esquema de funcionamiento de la factura electrónica y su desarrollo cumplirá con todos los requisitos establecidos en la normativa europea y, actualmente, se encuentra en diseño.
Sistema de notificación de entregas electrónicas en Grecia
A finales de año estaba previsto el lanzamiento del sistema de notificación de entregas electrónicas en Grecia según el artículo 5 de la Ley 4308/2014, que viene más detallado en la IAPR A.1122/2024 y en la IAPR A.1123/2024.
No obstante, desde la IAPR (Independent Authority for Public Revenue) se ha aplazado la implantación de dicho sistema.
El objetivo es extender el plazo de implementación de los sistemas digitales de seguimiento y emisión de documentos de transporte de bienes, con el fin de optimizar la recopilación de datos y mejorar la fiscalidad.
La puesta en marcha del sistema de notificación de entregas electrónicas se realizará en dos fases, cada una de las cuales exigirá a los usuarios completar distintos campos:
La puesta en marcha del sistema de notificación de entregas electrónicas se realizará en dos fases, cada una de las cuales exigirá a los usuarios completar distintos campos:
- En la primera fase, los usuarios tendrán que rellenar datos del remitente y del destinatario, número del documento de entrega, códigos MARK y QR, fecha de expedición, inicio de la entrega, lugares de carga y descarga, tipo y cantidad de mercancía, entre otros. Estos datos podrán ser reportados hasta el 31 de marzo de 2025 y desde abril del mismo año, las entidades con ingresos brutos superiores a 200.000 € deben reportar obligatoriamente.
- En la segunda fase, los usuarios tendrán que rellenar los campos de hora exacta, medio de transporte, datos de recarga (si aplica), códigos Intrastat, números de IVA del transportista, entre otros. Entrará en vigor a partir del 30 de septiembre de 2025.
- Todas las entidades deben reportar obligatoriamente a través de la plataforma digital MyDATA a partir del 1 de octubre de 2025.
Situación de la factura electrónica B2B en Grecia
La publicación de la Ley 5073/2023 «Medidas de lucha contra la evasión fiscal» el 11 de diciembre de 2023 introdujo importantes disposiciones para reforzar el cumplimiento de las obligaciones fiscales dentro del país.
Según el contenido de esta ley, la plataforma myDATA cuenta con actualizaciones y novedades desde el 1 de enero de 2024 y potencialmente, a partir de 2025, establece la facturación electrónica obligatoria en Grecia.
Entre las novedades, podemos encontrar:
- El inicio de la obligación de presentar a través de la API del ERP los siguientes datos de facturación: documentos fiscales emitidos, libros y archivos contables, registros fiscales pertinentes de cajas registradores electrónicas y sus archivos y datos creados.
- El valor de operaciones imponibles y los ingresos de una entidad en materia de IVA no debe ser inferior a los derivados de los documentos fiscales transmitidos a myDATA.
- Los plazos, los informes de transacción, las especificaciones técnicas y las exenciones se definirán mediante Decisiones Ministeriales.
El Ministerio de Finanzas y la autoridad fiscal de Grecia (AADE) también ampliarán hasta 2024 los incentivos fiscales para los contribuyentes que adopten la presentación de facturas electrónicas a través de proveedores certificados de facturación electrónica.
Novedades de la factura electrónica B2G en Grecia
El pasado 12 de abril de 2023 se publicó la resolución N° 52445 EX 2023 que establece la obligatoriedad de uso de la factura electrónica B2G en Grecia. La implementación se está realizando de manera gradual y comenzó en septiembre de 2023, siguiendo el siguiente calendario:
- 12 de septiembre 2023. Ministerio de Infraestructuras y Transportes; Ministerio de Gobernanza Digital; Ministerio de Inmigración y Asilo; Municipalidad de Atenas; Centro Nacional de Salud; Ministerio Central de Adquisiciones de Desarrollo e Inversiones; Sociedad de la Información S.A; Universidad de Economía de Atenas; Attiko Metro S.A; EYDAP S.A; y Egnatia Odos S.A.
- A partir del 1 de enero de 2024, resto de obligados pertenecientes a la Administración General.
- A partir del 1 de junio de 2024, otros organismos contratantes.
- A partir del 1 de junio de 2025, otras entidades dependientes de la Administración General.
Por otro lado, para los siguientes contratos no es obligatorio el uso de la factura electrónica:
- Contratos celebrados en los ámbitos de la defensa y la seguridad.
- Contratos públicos y contratos de proyectos, elaboración de estudios y prestación de servicios técnicos y científicos.
- Los contratos de concesión de obras y servicios.
- Gastos públicos de importe menor de 2500 euros.
- Contratos públicos de bajo valor especificados por la ley.
Historia y obligación de la factura electrónica B2G en Grecia
En 2017, Grecia estableció que a finales de año se instauraría el “Interoperable eInvoicing in Greece (GRinv) programme”. Este programa tenía por objetivo establecer el modelo de 4 esquinas de PEPPOL para logar una implementación total de la factura electrónica B2G.
En el contexto de este proyecto, nació ESIDIS - Promitheus.gov.gr, el sistema nacional de e-procurement a través del cual los proveedores de las instituciones públicas comenzaron a intercambiar sus facturas electrónicas.
Tras crear la arquitectura idónea para el desarrollo de la factura electrónica en Grecia, el gobierno decidió institucionalizar su uso como una herramienta voluntaria en los diferentes ámbitos: B2G, B2B y B2C.
Para continuar con su transformación digital, desde el gobierno se empezó a trabajar en el desarrollo de GAOS, una plataforma electrónica que permite la aprobación, procesamiento y pago de facturas electrónicas.
El Gobierno heleno decretó el 29 de octubre de 2018 un proyecto de ley para posponer la Directiva 2014/55/UE, que finalmente tuvo lugar durante el primer trimestre de 2019 a través de la Ley 4601/2019.
Por otro lado, fue necesaria la publicación de dos decisiones ministeriales conjuntas (JMD) como complemento normativo.
La resolución ministerial Nº. 1017/14.02.2020 (Edición B, folio 457) definió el formato específico de la factura electrónica B2B que además fue, desde el primer momento, compatible con los estándares europeos de facturación y PEPPOL. Además, esta decisión incorpora el CIUS para B2G.
Por otro lado, la resolución ministerial N° A.1035/18.02.2020 (Número B, folio 551) del Ministerio de Hacienda, establece las normas y regulaciones concernientes a los Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica.
Por otro lado, la facturación electrónica B2B en Grecia está permitida pero no es obligatoria. Por lo tanto, es totalmente voluntaria y solo se requiere el consentimiento del comprador.