En octubre de 2024 el Servicio de Impuestos Nacionales hizo público que el grupo 12 de contribuyentes estará obligado a emitir documentos tributarios electrónicos a partir del 1 de marzo de 2025. Según lo establecido en la resolución N° 102100000011, la emisión se realizará a través de la modalidad asignada.
Por otro lado, en el anexo de la resolución Nº 102400000025 los contribuyentes pueden consultar su modalidad asignada y si se encuentran en el ámbito de aplicación.
El Servicio de Impuestos Nacionales de Bolivia (SIN) decidió aprobar en 2007 la RND 10-0016-07 que regulaba el nuevo sistema de facturación e introducía la facturación en línea y electrónica en Bolivia.
En 2014 se simplificaron los tipos de factura electrónica y se creó el Sistema de Facturación Virtual con el objetivo de facilitar el uso de la factura electrónica en Bolivia. Además, el SIN estableció 3 modalidades de facturación electrónica y será la propia institución quién los asigne a los contribuyentes:
El 21 de noviembre de 2018 el SIN publicó la Resolución Nº 101800000026 a partir de la cual nació lo que se conoce como Sistema de Facturación Electrónica (SFE).
A su vez se modificaron las modalidades de factura electrónica existentes y se definieron 4 grupos de contribuyentes obligados a usar una determinada modalidad de facturación: marzo 2019 (grupo 1), junio 2019 (grupo 2), septiembre 2019 (grupo 3) y febrero 2020 (grupo 4).
Con la llegada de la COVID-19, la implantación de la e-factura a través del SFE (Sistema de Facturación Electrónica) se postergó hasta el mes de diciembre de 2021, quedando el cronograma de la siguiente manera:
De acuerdo con las RND 102300000026, 102300000027, 102300000028, 102400000002, 102400000003, 102400000004, 102400000005 y 102400000012 las fechas para que los siguientes grupos de contribuyentes comenzaran a emitir documentos fiscales digitales son:
En Bolivia una factura electrónica es un documento digital que debe ser registrada y validada en la base de datos del Servicio de Impuestos Nacionales. Cabe señalar que, en Bolivia, las facturas electrónicas son obligatorias en función de las condiciones aplicables al contribuyente.
En primer lugar, los contribuyentes deben obtener un certificado o firma digital de facturas para utilizarlo en sus facturas. Una vez que el borrador de las facturas fiscales en formato XML se carga en la base de datos con una firma digital, se valida. A continuación, SFE publica la factura aprobada para el cliente.
Los usuarios pueden validar posteriormente cualquier factura a través de un código QR que figura en las facturas de compra.
Las nuevas modalidades de facturación que estableció la Resolución Nº 101800000026 son:
Salvo en el caso de la facturación en línea, las facturas emitidas por importes superiores a Bs1.000 (aprox. 135 €) deben indicar el nombre del comprador.