El Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto que relanza al SII
Cómo ya adelantábamos el pasado miercoles, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha puesto en marcha el denominado Suministro Inmediato de Información (SII) dentro del paquete de medidas de lucha contra el fraude y modernización del IVA . El SII, también conocido cómo IVA online, entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2017. El proyecto piloto, planificado con anterioridad para el 2016, ralentizado por la falta de gobierno, se pondrá en marcha de manera definitiva en breve para ajustar el nuevo sistema.
Así pues en el 2017 se instaurará un nuevo sistema de gestión del IVA basado en la llevanza de los Libros Registro del impuesto a través de la Sede electrónica de la AEAT mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación.
El nuevo modelo de libros de registros del iva estará basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales, siendo la factura electrónica un elemento que permitirá a las empresas simplificar la adopción del nuevo sistema y cumplir con esta obligación de una forma más sencilla y automática.
El SII, que llega con un año de retraso debido al año de transición sin gobierno - estaba previsto ponerse en marcha en enero de 2017 - implicará la reforma y adaptación de los mecanismos de facturación de estas empresas. Será obligatorio para un colectivo de 62.000 contribuyentes: grandes empresas, grupos de IVA y aquellas inscritas en el régimen de devolución mensual, un colectivo que representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA en España. Si bien estas empresas son las obligadas a adaptarse al nuevo sistema de tributación del IVA, también podrán unirse al mismo aquellas que quieran hacerlo por voluntad propia.
Se establece un plazo general de cuatro días para la remisión electrónica de la información desde la fecha de expedición de la factura, o desde que se produzca su registro contable (excluidos sábados, domingos y festivos nacionales). Sin embargo, durante el primer semestre de vigencia, los contribuyentes tendrán un plazo extraordinario de envío de la información que será de ocho días (también excluidos sábados, domingos y festivos nacionales).
Tratándose de un periodo tan corto de respuesta, la Factura Electrónica será un elemento clave, ayudando a cumplir con los tiempos, pues parte de la información ya estará disponible en los sistemas y las empresas solo deberán centrarse en completar la información adicional requerida para el SII.El objetivo de este nuevo sistema es facilitar a la Agencia Tributaria las actuaciones de comprobación de manera más ágil y efectiva, gracias al conocimiento prácticamente en tiempo real que tendrá de las transacciones comerciales en las que participen los adscritos al sistema.