Nuevas fechas para cumplir con el SIRE
El 21 de marzo de 2022 fue publicada la Resolución de Superintendencia N° 000040-2022/SUNAT, mediante la cual se aprobó el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (en adelante, SIRE) y el módulo para llevar el registro de compras que se incorpora en dicho sistema, el mismo que obliga a los sujetos comprendidos en el artículo 3 de la referida resolución desde el periodo de octubre 2022 y enero 2023.
Pero el pasado 30 de septiembre de 2023 la Cámara de Comercio e Industria de Lima (CCL) respaldó la decisión de la Inspección Nacional de Aduanas (Sunat) de ordenar, mediante Resolución Ministerial 000204-2023/, el aplazamiento hasta enero de 2024 del uso obligatorio del sistema integrado de registros electrónicos (SIRE).
El SIRE es un sistema puesto a disposición de los contribuyentes de la SUNAT que proporciona propuestas de registro de ventas e ingresos, registro de compras e información de recibos de pago ya registrados en la SUNAT permitiendo su posterior modificación si fuera necesaria.
El SIRE es una herramienta importante para la gestión tributaria de pequeñas y medianas empresas y esta prórroga va a permitir una transición más leve y llevadera para las empresas que emiten un volumen más alto de comprobantes de pago. La Administración Tributaria ha identificado que los contribuyentes en Régimen RER o MYPE Tributario emiten volúmenes poco considerables de comprobantes de pago, y por ello, han tenido mayor facilidad para la implementación del sistema SIRE. De ello que, se ha dispuesto postergar la oportunidad de llevado del Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del SIRE, con excepción de aquellos comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario.
Así pues, la Resolución de la SUNAT establece los siguientes cambios a tener en cuenta:
- Los contribuyentes con volúmenes más bajos de comprobantes de pago deberán comenzar a utilizar el SIRE a partir de octubre de 2023 (contribuyentes del RER y MYPE Tributaria).
- Los contribuyentes con volúmenes más altos de comprobantes de pago (régimen general) tienen una prórroga hasta enero de 2024 para cumplir con la obligación de uso del SIRE.