A pesar de que los países de Latinoamérica son líderes mundiales en cuanto a la utilización de la factura electrónica, todavía encontramos en el continente algunos Estados que no han comenzado el proceso de adaptación hacia la e-factura. Este sería el caso del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Pese al gran número de ventajas que ofrece la facturación electrónica, Puerto Rico todavía tiene una visión un tanto primitiva en torno a este tema. En febrero de 2018 y siguiendo la Ley Núm. 230-1974, que regula los procedimientos de pagos e ingresos de todas las dependencias y entidades públicas, el Gobierno portorriqueño anunció que todas las empresas que prestasen bienes y servicios a la administración central deberían registrar sus facturas de forma electrónica.
Esta nueva iniciativa se recogió en la Carta Circular Núm. 1300-22-18, en la que se instruye a todos los Secretarios y Directores de las dependencias del Gobierno a informar a los suplidores sobre el nuevo proceso.
La normativa entró en vigor a partir del 1 de marzo de 2018 para las empresas que ofrecen sus servicios al sistema central, el Departamento de Hacienda y el Departamento de Educación. Mientras que la obligación para los suplidores de la Junta de Calidad Ambiental, el Departamento de Salud y la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción, comenzó el 2 de abril de 2018.
Según se dispone en la Carta, todas las empresas tendrán un plazo máximo de 20 días laborables para entregar las facturas al Área de Contabilidad General. El formato de la factura debe ser un PDF, además de enviar también las facturas en formato físico.
Por otra parte, en la Carta Circular Núm. 1300-22-18 también se fomenta la utilización del registro de facturas en línea entre las empresas privadas y se incentiva la utilización de la tecnología en los procesos comerciales. Se puede decir que, de esta forma, el Gobierno de ha empezado a concienciar a las empresas del país sobre la importancia de la facturación electrónica.
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