Todo lo que necesitas saber sobre la factura electrónica en Argentina
Actualizado: 22 julio 2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5824/2026, introduce una reorganización integral del régimen de emisión de comprobantes, modificando principalmente las Resoluciones Generales 1.415 y 4.291.
A partir del 1 de julio de 2026, estos sectores deberán emitir facturas electrónicas:
- Bancos y entidades financieras, por cargos, intereses y comisiones.
- Tarjetas de crédito y prepagas, incluidas plataformas de pago por transferencia.
- Compañías de seguros, excepto en casos específicos de seguros de caución.
- Instituciones educativas privadas, por el cobro de cuotas y aranceles.
- Medicina prepaga, por importes no cubiertos por la seguridad social (copagos y cuotas directas).
Para sectores con alta transaccionalidad, como bancos y tarjetas, ARCA introdujo la figura del Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual, que permite agrupar todas las operaciones de un cliente en un único documento por mes, el cual debe generarse antes de que finalice el período y estar disponible en un máximo de 10 días.
Reorganización del régimen de factura electrónica en Argentina.
En 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un nuevo paso en la modernización de la facturación electrónica mediante la Resolución General 5866/2026, vigente desde el 1 de julio de 2026. La norma no representa un cambio de paradigma en la obligatoriedad de la factura electrónica, sino una reorganización integral del marco regulatorio para hacerlo más simple, uniforme y adaptable a nuevos sectores económicos.
Entre las principales novedades destacan:
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Unificación del régimen de comprobantes electrónicos. La resolución incorpora y consolida modificaciones que anteriormente estaban distribuidas en distintas normas, derogando las Resoluciones Generales 5824 y 2668 e integrando su contenido dentro del régimen general de emisión de comprobantes. Esto reduce la dispersión normativa y facilita el cumplimiento por parte de las empresas.
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Nuevos sujetos obligados a emitir comprobantes electrónicos. El régimen se amplía para incorporar progresivamente operaciones realizadas por entidades financieras, compañías de seguros, administradoras y emisoras de tarjetas y otros participantes del sistema de pagos. La implementación será escalonada entre septiembre de 2026 y marzo de 2027 para facilitar la adaptación tecnológica de estos sectores.
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Actualización de los importes para identificar consumidores finales. ARCA elevó los montos a partir de los cuales es obligatoria la identificación del comprador en las operaciones con consumidores finales, adecuándolos a la realidad económica actual.
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Consolidación de la liquidación electrónica mensual. Se incorpora definitivamente la posibilidad de emitir comprobantes electrónicos consolidados por período mensual para determinadas operaciones, reduciendo la carga administrativa y simplificando los procesos de facturación de empresas con gran volumen de transacciones recurrentes.
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Nuevas precisiones operativas. La resolución también actualiza reglas sobre administración de puntos de venta, plazos de emisión de comprobantes, requisitos específicos para determinados sectores y el momento de emisión de facturas por honorarios de directores, síndicos y administradores, aportando mayor seguridad jurídica y uniformidad en la aplicación del régimen.
¿Qué implican estos cambios para las empresas?
La RG 5866/2026 confirma la estrategia de Argentina de profundizar la digitalización tributaria. Más que introducir nuevas obligaciones generalizadas de facturación electrónica, la norma busca simplificar el cumplimiento, ampliar la cobertura hacia sectores que aún operaban bajo esquemas particulares y mejorar la trazabilidad de las operaciones mediante reglas más homogéneas.
Para las empresas, esto implica revisar sus sistemas de facturación, validar si quedan alcanzadas por el nuevo cronograma y asegurar que sus soluciones tecnológicas puedan responder a los nuevos requisitos regulatorios.
Cambios en la facturación para el monotributo en 2026
A partir del 1 de enero de 2026, el régimen de monotributistas en Argentina incorpora nuevos parámetros que actualizan los límites de facturación anual y los importes mensuales por categoría, según lo dispuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Los topes de ingresos anuales van desde los $8.992.597,87 de la categoría A hasta los $94.805.682,90 de la categoría K, lo que amplía el margen de facturación permitido para pequeños contribuyentes. En paralelo, las cuotas mensuales también se actualizan: parten desde $37.085,74 en la categoría A y pueden superar el millón de pesos mensuales en la categoría K para actividades de servicios, incluyendo en todos los casos el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social.
Superar los límites establecidos implica la obligación de recategorizarse o pasar al régimen general de IVA y Ganancias, en un contexto de mayor control fiscal, ya que ARCA intensificará la detección de inconsistencias y aplicará sanciones cuando corresponda.
| Categoría | Tope de facturación anual | Cuota mensual (Servicios) | Cuota mensual (Comercio) |
|---|---|---|---|
| A | $ 8.992.597,87 | $ 37.085,74 | $ 37.085,74 |
| B | $ 13.175.201,52 | $ 42.216,41 | $ 42.216,41 |
| C | $ 18.473.166,15 | $ 49.435,58 | $ 48.320,22 |
| D | $ 22.934.610,05 | $ 63.357,80 | $ 61.824,18 |
| E | $ 26.977.793,60 | $ 89.714,31 | $ 81.070,26 |
| F | $ 33.809.379,57 | $ 112.906,59 | $ 97.291,54 |
| G | $ 40.431.835,35 | $ 172.457,38 | $ 118.920,05 |
| H | $ 61.344.853,64 | $ 391.400,62 | $ 238.038,48 |
| I | $ 68.664.410,05 | $ 721.650,46 | $ 355.672,64 |
| J | $ 78.632.948,76 | $ 874.069,29 | $ 434.895,92 |
| K | $ 94.805.682,90 | $ 1.208.890,60 | $ 525.732,01 |
Historia de la factura electrónica en Argentina
La factura electrónica en Argentina es obligatoria desde la aprobación de la Resolución General 4290/2018. Dentro de este grupo se incluyen a los monotributistas y, desde entonces, se puede optar por emitir facturas electrónicas sin usar controladores fiscales.
Ya en 2020, todas las facturas electrónicas en Argentina debían contener un código QR, de acuerdo con la Resolución General 4892/2020, con la siguiente información:
- Fecha de emisión.
- CUIT del emisor.
- Punto de venta.
- Tipo de comprobante.
- Número de comprobante.
- Importe total, moneda de facturación y cotización.
- Tipo y número del documento del receptor.
- Código del tipo de autorización y código.
Por otro lado, las MiPyMEs (Micro, pequeñas y medianas empresas) podrán cobrar el crédito por anticipado gracias al sistema de Factura de Crédito Electrónica Mipyme (FCEM), que fue creado para mejorar la seguridad de cobro de aquellas MiPyMEs que son proveedoras de grandes empresas.
La primera toma del país con la facturación electrónica fue en 2002, con la publicación de la Resolución General 1361, cuando la AFIP (actual ARCA) puso en escena la factura electrónica en Argentina con carácter de comprobante duplicado. No obstante, hasta que no se aprobó la Resolución General 1956 de 2005 no se estableció el régimen de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes.
Aunque el nuevo modelo de facturación electrónica argentino fue de adhesión voluntaria en una primera etapa, en 2006 la Resolución General 2177 estableció la factura electrónica obligatoria de manera gradual para algunos grupos de contribuyentes: compañías telefónicas; operadoras de internet y televisión por cable; empresas de servicios básicos y de medicina prepaga; servicios de seguridad; empresas de limpieza; y compañías de transporte de caudales.
Poco después, en enero de 2009, también lo hicieron las compañías de telepeaje, informática, publicidad y servicios profesionales con una facturación superior a los 600.000 dólares, según lo establecido en la Resolución General 2485 de 2008.
Masificación de la factura electrónica en Argentina
El 2015 fue el año clave de la factura electrónica en Argentina, ya que comenzó la masificación del sistema según lo establecido en la Resolución General 3749. A partir del 1 de julio de 2015, los comprobantes electrónicos serían de uso obligatorio para los responsables inscritos en el IVA, dejando de ser válidos los comprobantes en papel.
El pasado 18 de diciembre de 2024, la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) publicó la Resolución General 5616/2024 con el objetivo de establecer fechas para actualizar los sistemas de facturación electrónica.
El uso de los manuales técnicos de WebService, disponibles a partir del 15 de enero de 2025, es obligatorio desde el 15 de abril de 2025.
El servicio de Comprobantes en Línea se puede utilizar a partir del 15 de enero de 2025 y, por último, la aplicación “facturador móvil” y la herramienta “facturador” para tiques electrónicos está operativa desde el 5 de marzo de 2025.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció reformas importantes para modernizar el régimen de factura electrónica en Argentina. A partir del 1 de diciembre de 2025, se eliminarán las facturas clase “M”, y los contribuyentes que las utilizaban deberán emitir facturas clase “A” con leyendas específicas que los identifiquen en el sistema.
Esta actualización incorpora un sistema de evaluación trimestral para monitorear el comportamiento fiscal, incluyendo simulaciones preventivas que permiten detectar y corregir irregularidades antes de las revisiones definitivas. Si los contribuyentes subsanan las observaciones, podrán solicitar un reprocesamiento en línea para recuperar la autorización de emitir facturas clase “A”.
Por otra parte, la Resolución 5782/2025 actualiza el régimen de facturación electrónica, limitando el uso del Código de Autorización Electrónico Anticipado (CAEA) únicamente a situaciones de contingencia. Hasta ahora opcional, desde el 1 de junio de 2026 solo podrá emplearse cuando no sea posible emitir comprobantes en línea mediante el CAE.
Novedades en los requisitos técnicos para entidades financieras
ARCA continúa evolucionando el servicio de Facturación Electrónica con la publicación de la versión 4.5 del Manual para Desarrolladores. A partir del 02 de julio 2026, esta actualización incorpora nuevos requisitos técnicos destinados principalmente a entidades financieras y proveedores que integran el Web Service de Facturación Electrónica (WSFEv1).
Entre las principales novedades destacan:
- Nuevo tipo de documento del receptor: se incorpora el código 31 – Fondo Común de Inversiones CNV, permitiendo identificar correctamente a estos sujetos dentro de la emisión electrónica de comprobantes.
- Nuevas validaciones para comprobantes con CAE: se añaden los códigos 10270, 10271 y 10272, que deberán ser contemplados por las aplicaciones que consumen los servicios de ARCA para evitar rechazos o interpretar correctamente las respuestas del organismo.
Aunque estos cambios afectan principalmente a bancos, entidades financieras y proveedores de software de facturación, reflejan la estrategia de actualización continua de ARCA para fortalecer la calidad de los datos fiscales y adaptar la facturación electrónica a nuevos actores del sistema financiero. Por ello, las empresas que desarrollan integraciones con WSFEv1 deberán actualizar sus catálogos de tipos de documento, incorporar las nuevas validaciones y revisar sus procesos de homologación para mantener la compatibilidad con las versiones vigentes del servicio, sin necesidad de cambios en las estructuras de los XML/WSDL.
Información esencial de la factura electrónica en Argentina
La factura electrónica en Argentina se define como el comprobante digital funcional y legal equivalente a la factura en formato en papel. El organismo encargado de la gestión y la validez de esta es la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Para emitir comprobantes electrónicos, se debe solicitar la autorización de emisión mediante el intercambio de información basado en el Web Service de factura electrónica y el servicio con clave fiscal para comprobantes en línea.
El formato en el que se debe enviar es en XML, por WebServices a la ARCA. Tanto para emisor y receptor, es obligatorio su almacenamiento por un período de 10 años.
Tipos de comprobantes
- Facturas y recibos clase “A”; con la leyenda operación sujeta a retención y/o M.
- Nota de crédito y débito clase “A”; con la leyenda operación sujeta a retención y/o M.
- Facturas y recibos clase “B”.
- Notas de crédito y débito clase “B”.
- Facturas y recibos clase “C”.
- Nota de crédito y débito clase “C”.
- Facturas y recibos clase “E”.
- Notas de crédito y notas de débito clase “E”.
¿Cómo enviar facturas electrónicas en Argentina?
Independientemente de la solución que vayan a utilizar los contribuyentes, deben estar certificadas por la ARCA. Los pasos clave para intercambiar facturas electrónicas en Argentina se esclarecen bien en los siguientes puntos:
- Las empresas deben obtener un certificado fiscal digital, emitido por la ARCA, para verificar su identidad, firmar digitalmente y garantizar la autenticidad de este.
- Utilizar un proveedor de servicios autorizado porque brinda servicios web entre la empresa y la ARCA para asegurar que las facturas cumplan con la normativa.
- Una factura electrónica en Argentina debe incluir información como el nombre de la empresa, número de identificación fiscal, número de factura, fecha de emisión, descripción de bienes o servicios e importe total.
- Antes del envío de la factura electrónica, las empresas tienen que validar el documento a través de la herramienta de validación que proporciona la ARCA. Una vez validada, ya se puede enviar al destinatario.
Por último, las empresas deben conservar registros de todas las facturas enviadas y recibidas durante 10 años en formato digital.