La factura electrónica en Guadalupe, la Guayana Francesa y Martinica
Guadalupe, la Guayana Francesa y Martinica son territorios de ultramar en América que forman parte de Francia desde 1946. Estos territorios, comparten las políticas administrativas y fiscales con el resto de Francia; por lo que la factura electrónica es obligatoria en las contrataciones públicas desde 2017.
En 2014, el Ministerio de Economía y Finanzas francés publicó la Ordenanza N.º 2014-697 del 26 de junio de 2014 para el desarrollo de la facturación electrónica y, con él, se estableció que en las contrataciones públicas francesas se debería usar la e-factura.
Es decir, que las empresas que facturasen a las administraciones públicas francesas debían emitir facturas electrónicas y que las AAPP francesas debían recibirlas y aceptarlas también electrónicamente. Esta norma también se extiende a las contrataciones públicas en Guadalupe, la Guayana Francesa y Martinica.
Esta nueva forma de facturación, cuya implantación es impulsada por la Agence pour l’Informatique Financière de l’Etat, AIFE, fue denominada como Facture Demat y su calendario de aplicación se dividió en 4 grupos de obligados.
Así, el calendario de la factura electrónica B2G en Guadalupe, la Guayana Francesa y Martinica es el mismo que en el resto de Francia. Está dividido por el tamaño de las empresas y comenzó con la obligatoriedad en enero de 2017 de los proveedores de las AAPP que contaban con más de 5.000 empleados.
Calendario de obligados:
- 01/01/2017 para cualquier empresa, incluidos más de 5.000 empleados.
- 01/01/2018 para cualquier empresa, incluidos 250 a 5.000 empleados.
- 01/01/2019 para cualquier empresa, incluidos 10 a 250 empleados.
- 01/01/2020 para cualquier compañía que incluya menos de 10 empleados.
Siguiendo esta línea, en 2016 se aprobó el Decreto N.º 2016-1478 del 2 de noviembre de 2016 por el cual se determinaban ciertas características de la facturación electrónica en la contratación pública o factura electrónica B2G para todos los territorios franceses.
Entre ellas, se destaca que el portal de facturación único francés para el intercambio de las facturas electrónicas: el “Chorus Pro”. El cual, respalda a todos los proveedores del sector público para que presenten sus facturas y para verifiquen el estado actual de sus facturas y sus pagos.
Para adaptarse a las capacidades y necesidades de los proveedores interesados, el portal ofrece tres modos de envío: el ingreso manual de facturas directamente en la plataforma, la descarga de facturas PDF o XML (firmadas o no) desde el portal y EDI (Intercambio Electrónico de Documentos) con una conexión directa o a través de un operador de servicio. Los formatos o estándares de facturación electrónica que acepta son: el OASIS UBL 2.1 y el CII UN/CEFACT.
Autoridad responsable |
Agence pour l'informatique financière de l'État (AIFE) |
Normativa |
Ley 2015-990 |
Obligatoriedad |
Desde 2017 |
Obligados |
Proveedores de las Autoridades Centrales, Regionales y Locales |
Formato |
OASIS UBL 2.1 y CII UN/CEFACT |
Plataforma |
Chorus Pro |