Guatemala anuncia nuevos documentos tributarios electrónicos
El pasado 27 de diciembre de 2024, la SAT publicó el Decreto 31-2024 que introduce 5 nuevos documentos tributarios electrónicos a partir del 9 de abril de 2025.
Este decreto es aplicable a personas físicas determinadas y entidades que realicen actividades económicas en el sector agropecuario y artesanal.
Claves del régimen de facturación electrónica en línea de Guatemala
La factura electrónica en línea (FEL) sigue el modelo pre-clearance. El régimen FEL fue establecido por la Administración Tributaria de Guatemala (SAT) para la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE).
Entró en vigor en mayo 2018 y toda su información viene recogida en el Acuerdo de Directorio SAT. Nº. 13-2018, que se modificó en noviembre del 2019 en el Acuerdo de Directorio SAT. Nº. 26-2019.
En el régimen FEL, la Superintendencia de Administración Tributaria es la encargada de organizar el sistema de recaudación, cobro, fiscalización y control de los tributos a su cargo. Por otro lado, ayuda a establecer procedimientos para la elaboración, transmisión y conservación de facturas, libros, registros y documentos vía electrónica.
Un Documento Tributario Electrónico o DTE es un archivo electrónico en Formato XML que el contribuyente emite y entrega al receptor vía electrónica, posterior a la certificación y, opcionalmente, a solicitud del receptor su representación gráfica.
Comprende facturas, nota de crédito, nota de débito, nota de abono, recibos y otros documentos autorizados por la SAT. La SAT proveerá el certificado digital para la firma electrónica de emisión.
Funcionamiento del FEL en Guatemala
El contribuyente habilitado emite el DTE en un formato estándar (XML) con firma electrónica. El certificador recibe, valida y certifica cada DTE (Asigna autorización). El DTE certificado es enviado al contribuyente y al SAT. Por último, el SAT verifica cada DTE y lo pone a disposición del emisor y receptor para su posterior consulta y verificación.
¿Cómo puedo incorporarme al FEL?
Hay 2 vías de incorporarse al régimen de facturación electrónica en Línea:
- De oficio. Son aquellos contribuyentes a quienes la SAT designa y notifica, como, por ejemplo: contribuyentes especiales, grandes contribuyentes regionales, proveedores del Estado Resolución SAT 243-2019 (licitación, cotización, contrato abierto y subasta electrónica inversa), proveedores del Estado Resolución SAT 838-2019 (servicios profesionales individuales).
- De forma voluntaria. Disponible para todos aquellos contribuyentes que deseen incorporarse.
Historia de la factura electrónica en Guatemala
La factura electrónica en Guatemala empezó a implantarse a partir del año 2007 como respuesta a los grandes desafíos generados por la globalización del comercio y los avances tecnológicos. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) vio en herramienta una nueva vía hacia la modernización tecnológica, la automatización de los procedimientos tributarios, la reducción de los costes y el aumento de la transparencia fiscal sobre las operaciones comerciales en el país.
Así, los esfuerzos del Gobierno guatemalteco dieron lugar a la publicación del Acuerdo de Directorio Número 024-2007 y, con ello, a la creación del esquema FACE para la facturación electrónica de Guatemala.
En el nuevo esquema de facturación, los actores involucrados fueron los siguientes: contribuyentes emisores de facturas, proveedores de factura electrónica, la SAT, los generadores de facturas electrónicas y los destinatarios o receptores de facturas.
En primera instancia, la factura electrónica en Guatemala contó con un período de adhesión opcional, que culminó con la publicación del Acuerdo de Directorio Número 008-2011. Esta normativa estableció el uso obligatorio de la factura electrónica en Guatemala y la incorporación gradual de los contribuyentes según la cantidad de facturas emitidas anualmente.
En 2016, la SAT hizo efectivo el desarrollo y la implementación del nuevo modelo de facturación por medios electrónicos con la publicación del Acuerdo de Directorio Número 002-2016: el esquema FACE 2. Este nuevo esquema establecía que el Documento Tributario Electrónico (DTE) es un archivo electrónico en formato XML que el emisor de facturas puede entregar vía electrónica.
Tras el acuerdo 13-2018 del Directorio del SAT, sólo los contribuyentes que designara la Superintendencia de Administración Tributaria de Guatemala (SAT) u opten voluntariamente por la emisión de facturas electrónicas, estaban obligados a hacerlo.
Después de aquel acuerdo, la facturación electrónica en línea (FEL) se ha ido implementando de manera gradual. Desde julio de 2021 se han sumado proveedores del Estado según la resolución SAT 243-2019 y la resolución SAT 838-2019, entre otras.
Por otro lado, desde julio de 2022 los contribuyentes registrados en el IVA deben utilizar una herramienta de facturación para emitir sus facturas electrónicamente.
El 1 de junio de 2023 era la fecha límite para que los contribuyentes se adhiriesen al régimen de Facturación Electrónica en Línea (incluido los pequeños), fecha a partir de la tampoco sería válida la emisión de facturas preimpresas.