A partir de la segunda semana de abril de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) implementará un nuevo servicio que permitirá generar facturas electrónicas en Colombia solo con el tipo y número de identificación del comprador, según la Resolución 000202 de 2025.
Dentro de las principales novedades que incluye esta resolución encontramos:
En este nuevo sistema que implementará la DIAN, si el comprador no está en la base de datos del servicio, solo se podrán solicitar:
Unos meses atrás, en febrero de 2025, la DIAN ya implementó un nuevo protocolo para verificar y controlar aquellos establecimientos que presentaban irregularidades en la emisión de la factura electrónica. De esta manera, se asegura el cumplimiento de las normativas vigentes.
Además, es probable que la DIAN siga ampliando el espectro de obligados de la factura electrónica en Colombia, incorporando a profesionales independientes y pequeños comerciantes con ingresos anuales o superiores a 3.500 UVT (aproximadamente 148.418.000 pesos colombianos para 2025).
El documento equivalente electrónico podrá utilizarse solo para facturar servicios públicos, salvo que el usuario autorice lo contrario.
Si surgen problemas técnicos durante el proceso de facturación electrónica, las empresas contarán con un plazo de hasta 48 horas para transmitir la factura a la DIAN. Esto está enfocado especialmente en zonas rurales o de difícil acceso.
Con este nuevo servicio, la DIAN busca modernizar la administración tributaria, agilizar procesos y reducir obstáculos en la facturación electrónica.
La DIAN estableció que, desde el 1 de mayo de 2025, las facturas electrónicas en Colombia deben emitirse únicamente en pesos colombianos. Y, además, para aquellas transacciones que expresen valores en una moneda adicional se incluirá un suplemento especial en la factura, detallando la información correspondiente a la segunda moneda.
Los Documentos Equivalentes Electrónicos, según la Resolución DIAN Nº 000165, son documentos digitales que tienen la misma validez que una factura electrónica tradicional, pero se usan en situaciones específicas.
Es decir, principalmente en aquellas situaciones donde el proveedor no está obligado a expedir una factura electrónica.
El Documento Equivalente Electrónico debe cumplir con los requisitos y condiciones técnicas y tecnológicas comunes y específicas de acuerdo con la naturaleza de la operación que debe ser soportada, o con factura electrónica de venta. En la actualidad existen 12 documentos equivalentes electrónicos en Colombia: