A partir del 1 de Julio de 2023, se implementó una nueva validación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a nivel de concepto en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal propuesto por el SAT para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz.
El objetivo que se persigue es disminuir las tasas del ISR para que las personas que generen menos ingresos, paguen menos impuestos.
Este régimen está orientado, principalmente, a contribuyentes que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos y que pertenezcan a alguno de los regímenes fiscales que conforman el RESICO:
Desde 2022, las personas que formen parte del RESICO estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Como resultado, los contribuyentes no se podrán deducir ningún tipo de gasto.
En el RESICO también se encuentran las personas morales que no estén asociadas a otras personas morales y con el requisito principal de que sus ingresos no superen los 35 millones de pesos. Actualmente en México existen alrededor de 2 millones de personas morales que se constituyen como micro, pequeñas y medianas empresas.
La intención es que las empresas (personas morales) tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos.
Con la implantación de este nuevo régimen, las personas morales pagarán sus impuestos cuando tengan ingresos por facturación efectivamente cobrada y al comprar maquinaria y ciertas inversiones que utilizan para su actividad, podrán deducirlo para pagar menos impuestos pero en menor tiempo y con mayores tasas.
Si una persona física que está dentro del RESICO realiza transacciones con empresas o personas morales, estas pueden tener la obligación de retener parte del ISR al momento de realizar dicho pago:
A continuación, te presentamos las reglas que se deben tener en cuenta:
Es obligatorio incluir al menos en uno de los conceptos del CFDI la retención del ISR con una tasa del 0.012500 si:
Se permitirá registrar las retenciones de impuestos diferentes al ISR en los conceptos del CFDI, como el IVA o el IEPS, con sus correspondientes porcentajes de retención:
Es importante mencionar que aquellas personas físicas o morales que tengan la marca 0 en sus obligaciones fiscales seguirán utilizando el anexo 20 de la versión 4.0 del CFDI para la emisión de sus documentos fiscales.
Recuerda que el anexo 29 publicado en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el ejercicio 2023 establece las reglas para las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza y que, a partir de este mes, deben cumplir con el correcto llenado de sus comprobantes fiscales.