¿Cómo declarar el IVA en el sector vitivinícola?

La medida reconocida como suministro inmediato de la información (SILICIE) hace que se impulse el uso de la factura electrónica y la reducción de cargas administrativas de los sujetos pasivos bajo la premisa de que las obligaciones tributarias deben basarse en la necesaria confianza recíproca entre los sujetos pasivos y la Administración tributaria.

SILICIE, va dirigido a todas aquellas empresas que fabrican, almacenan, transportan, mueven o comercializan productos sujetos a impuestos especiales.

Nos encontramos con varias formas de declarar el impuesto del IVA en función de la producción:

Suministro agregado 

Se agrega un asiento en función de la entrada de nuevas materias primas con referencia al último día del mes. Esto lo pueden hacer aquellos empresarios que se dediquen a la elaboración de vino, mosto o bebidas fermentadas.

Suministro diferido

En este caso el suministro electrónico de los asientos contables no se tendrá que hacer en el plazo general (24 horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento), sino en el plazo de 5 días hábiles siguientes al registro del movimiento.

Para poder declarar los asientos de esta manera se tiene que comunicar a la AET y hacerse al inicio del año natural en el que vaya a surtir efecto.

El mes de agosto se podrá considerar inhábil a efectos del suministro.

Suministro diferido plus 

Pueden hacer uso de este sistema las empresas que de diciembre a julio no han tenido ningún tipo de movimiento en sus bodegas. Si el establecimiento, desde el 1 de enero de 2020 a 31 de julio de 2020 no ha realizado ningún movimiento, proceso o existencia, no tendrá que suministrar ningún asiento contable en relación con estos meses. Los asientos correspondientes a movimientos realizados a partir del 1 de agosto de 2020 podrán ser objeto de suministro en el plazo que finaliza el 31 de diciembre

Cabe destacar que la La Agencia Tributaria (AEAT) ha atendido la solicitud de la Federación Española del Vino (FEV) para conceder el periodo diferido de suministro SILICIE a los productores conjuntamente de vinos e intermedios, según informó la patronal bodeguera.

Con esta medida, las bodegas que solo declaren vino e intermedios (estos últimos en una producción inferior a 100.000 litros año), podrán acogerse al periodo diferido que disfrutarían de manera separada, declarando conjuntamente el último día hábil del mes siguiente.

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